Finalización de la prórroga legal en el arrendamiento de vivienda

Vamos a ver las consecuencias legales que tiene la finalización de la prórroga legal en el arrendamiento de vivienda cuando el inquilino continúa ocupando el inmueble..

Lo primero es explicar brevemente cada uno de los conceptos y regulación legal que existe en esta materia para que nos situemos frente a la cuestión que planteamos.

Duración del contrato de arrendamiento de vivienda:

Lo primero que hay que tener en cuenta es la fecha de celebración del contrato de arrendamiento, ya que dependiendo de ella vamos a  aplicarle la Ley de Arrendamientos Urbanos que estaba vigente al inicio del contrato.

Contratos celebrados entre el 1-1-1995 y el  5-6-2013:

La duración del arrendamiento de vivienda será la que libremente hayan pactado las partes.

Si ésta fuera inferior a cinco años (ejemplo: en el contrato se hace constar que la duración es de UN AÑO), llegado el día del vencimiento del contrato (transcurrido ese año) y si el arrendatario quiere continuar con el contrato, éste se  prorrogará obligatoriamente para el arrendador por plazos anuales hasta que el arrendamiento alcance una duración mínima de 5 años (art. 9 LAU).

Con esta norma se le permite al inquilino, aunque en el contrato se haya hecho constar una duración inferior a 5 años, permanecer en la vivienda hasta 5 años.

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